Vía de hecho

  Términos

La vía de hecho es la actuación de la Administración en un contexto ajeno a su ámbito de competencia. También se incluye en este concepto cualquier intervención al margen del procedimiento legalmente establecido.

La vía de hecho es la actuación de la Administración en un contexto ajeno a su ámbito de competencia.

La RAE establece que se trata de la «actuación de la Administración realizada sin competencia o prescindiendo totalmente del procedimiento legalmente establecido«.

Por lo tanto, en el ámbito de la Administración Pública, la vía de hecho engloba cualquier actuación materia de la Administración caracterizada por:

  • Afectar, de hecho, a cualquier persona interesada.
  • No existir una resolución o acto administrativo previo que sirva de fundamento jurídico, lo que supone una vulneración del precepto legal.

Regulación de la vía de hecho

Su regulación se establece fundamentalmente en dos leyes:

  1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPA/2015).
  2. La Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA).

¿Cómo se repara?

Al detectar este fenómeno, inmediatamente se inicia un procedimiento de compensación de los daños y perjuicios causados al ciudadano, también conocido como procedimiento de anulación de la actuación material constitutiva de la vía de hecho.

Esta petición de resarcimiento se puede solicitar en el mismo procedimiento que la vía de hecho. No hay necesidad de interponer un recurso adicional de responsabilidad patrimonial a la Administración.

Ejemplos de la vía de hecho administrativa

Algunos ejemplos más habituales se encuentran relacionados con la expropiación forzosa:

  • Cuando un ayuntamiento ocupa un terreno para instalar unas naves, iniciando el procedimiento expropiatorio con posterioridad a su instalación.
  • Ocupar un espacio distinto al expropiado, o bien ocupar un exceso de superficie con respecto a la superficie expropiada.
  • Realización de obras sin autorización.
  • … entre otros.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1616/2026
16 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1616

Delitos de homicidio, estafa y profanación de cadáveres

STS 1630/2026
16 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1630

Delitos de agresión sexual a menores y otros, que son objeto de recurso de casación, previo recurso de apelación, que confirma la sentencia de instancia. Doctrina general de la Sala: el recurso de casación no ha de ser una repetición del de apelación, sino entablar un debate con la sentencia de segunda instancia. Invocada vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia, al Tribunal Supremo, como tribunal de casación, le corresponde el examen sobre la racionalidad de la motivación de la sentencia de apelación. Recurso de casación con genéricas alegaciones, sin concreta argumentación, que, por carecer de fundamento, debió haber sido inadmitido a tenor del art. 855.1º LECrim

STS 1647/2026
13 de abril de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1647

* Delitos sexuales continuados. El distanciamiento temporal entre los distintos episodios de agresión no rompe necesariamente la continuidad si hay similitud de ocasión y naturaleza. * No cabe aportar prueba nueva, tampoco si es posterior o sobrevenida, en un recurso de casación. Si se trata prueba favorable al condenado la legalidad procesal obliga a esperar la firmeza para intentar la revisión ex art. 954 LECrim.

ECLI:ES:TS:2026:3768A
13 de abril de 2026 · Ponente: 4095/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3768A

Auto resolviendo recurso de revisión contra Decreto Legislación

ECLI:ES:TS:2026:3764A
10 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:3764A

Auto desestima queja