Sentencia de Conformidad

  Delitos, Derecho Penal

En la sentencia correspondiente, el imputado se declara culpable de su delito, con el fin de conmutar su sentencia y evitar un juicio oral.

Se trata de un mecanismo judicial previsto por el Código Procesal Penal, que no interviene después de que se desarrolle el juicio como cualquier otra, sino antes para evitar la celebración del juicio ante la audiencia oral.

Además, a través de una sentencia adecuada, el acusado renuncia al derecho a la presunción de inocencia y a la posibilidad de apelar la misma. El juez estará obligado a aceptar la idoneidad.

Funciones de cumplimiento obligatorias

El cumplimiento debe estar dentro de su validez:

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Absoluto significa que el acusado demuestra la idoneidad de todo (hechos, sanciones, calificaciones legales). Expreso y muy personal, no se puede otorgar a través de un agente o intermediario, sino a través del propio imputado. 

Se expresa voluntaria y libremente. Cumplir con todos los trámites legales, como doble garantía, este acuerdo debe ser pactado por el imputado y su abogado. 

Requisitos de evaluación de la conformidad

Si se impone una sanción por cumplimiento de acuerdo con un procedimiento abreviado, la sanción acordada no podrá exceder los 6 años y no podrá ser inferior a la sanción mínima por la infracción. 

Por otro lado, cuando la sentencia se ejecuta en el marco de la ejecución expedita, la pena requerida se reduce en un tercio. Deben cumplirse las siguientes condiciones:

La pena de prisión no puede exceder de tres años. En el caso de sanción de rehabilitación, dicha sanción o su total no podrá exceder de dos años de prisión, desde el momento de la reducción en un tercio. 

En el caso de otras sanciones como la inhabilitación, no puede exceder los 10 años. Si es una multa, no se requiere ningún monto. 

Por último, la ley no prevé la posibilidad de adjudicar un partido en un procedimiento normal.

Ventajas y desventajas de la sentencia de conformidad

La principal ventaja del cumplimiento es que le da al imputado la oportunidad de reducir la pena requerida, permitiéndole solicitar la sustitución de la pena o la suspensión de la pena, siempre que se cumplan las siguientes condiciones. 

Además, la duración también se acorta significativamente y elimina la incertidumbre que en muchos casos puede persistir durante varios años.

Sin embargo, no todos son útiles porque, como hemos dicho, uno de los requisitos es el reconocimiento de los hechos presentados.

Además, en cualquier caso, se prohíbe la posibilidad de una lucha por la absolución; Finalmente, una sentencia adecuada dará lugar a la correspondiente condena, circunstancia que debe tenerse en cuenta.

¿Cómo se debe cumplir con la sentencia de conformidad? 

Como reconoce la jurisprudencia de la Corte Suprema, el cumplimiento penal debe tener las siguientes características:

Absoluta

 La admisibilidad de los cargos debe extenderse a los hechos, así como a las sanciones legales y potenciales y la responsabilidad civil. Por tanto, no puede estar sujeto a condición, condición o condición, salvo en materia de responsabilidad civil.

Aclara

El acuerdo no puede ser concluido ni implícito, sino que se le pide al demandado que exprese su deseo de reconciliación. 

Muy personal

El propio imputado debe manifestar su consentimiento ante el juez, no a través de agente, mandatario o mediador. 

Voluntario

Solo el consentimiento otorgado libre y voluntariamente es válido, pero no si el consentimiento se da por sumisión. Por lo tanto, el Fiscal General del Departamento Judicial debe notificar al imputado de consecuencias del cumplimiento antes de que sea presentado. 

Formal

 El cumplimiento debe asegurarse siguiendo todos los procedimientos legales necesarios para cada momento procesal que pueda ocurrir.

Doble seguridad 

Se requieren tanto la audiencia de la defensa del acusado como el acuerdo del acusado con el acuerdo, es decir, las declaraciones del acusado no son suficientes, pero su abogado debe estar de acuerdo. 

Así, si el abogado considera necesario para llevar a cabo el juicio, el juez podrá aceptarlo a pesar de obtener el consentimiento del imputado.