La prescripción de un delito deja sin responsabilidad penal a quien cometió una acción ilícita. Esto significa que no se puede juzgar un hecho delictivo porque pasó el tiempo entre el momento que ocurrió el hecho y la interposición de la denuncia.
Los plazos de prescripción de un delito varían de uno a otro y se encuentran establecidos en el Código Penal. Además existen algunos delitos que no tienen plazo de prescripción debido a que son tan graves que serán castigados en cualquier momento.
¿Qué es la prescripción de un delito?
La prescripción de un delito es la desaparición de cualquier tipo de responsabilidad penal debido al paso del tiempo establecido. Esto ocurre cuando no se inicia el proceso penal o se paraliza durante un periodo de tiempo determinado.
Los plazos de prescripción de un delito están estipulados en el Código Penal y son de obligatorio cumplimiento para los Juzgados.
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Estos plazos se encuentran en el apartado uno del artículo 131 del Código Penal, Título VII que corresponde a la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos. Capítulo I qué son las causas que extinguen la responsabilidad criminal.
La justificación de establecer en la ley algunos plazos de prescripción de un delito se fundamenta en algunos valores y principios constitucionales. Estos son los siguientes:
El Derecho Procesal contempla el derecho a un proceso sin retrasos indebidos.
El apartado 3 del artículo 9 de la Constitución Española establece el principio de seguridad jurídica. El cual garantiza el respeto a los derechos individuales y el cumplimiento de las normativas establecidas por parte de los poderes públicos.
¿Cuáles son los plazos de prescripción de un delito?
Los plazos de prescripción de un delito en España se encuentran establecidos en el artículo 131 del Código Penal. Estos plazos se han establecido de acuerdo con la pena máxima del delito y empiezan a contar desde el mismo momento en que se cometió la acción delictiva.
Los plazos establecidos para las penas impuestas por sentencia firme son los siguientes:
La prescripción será a los 30 años, cuando la pena de prisión sea mayor a 20 años.
Prescripción a los veinte años, este plazo se aplica cuando la pena máxima que corresponde al delito sea de prisión por quince o más años.
El plazo de prescripción a los quince, para los casos en que la pena máxima que establece la ley sea prisión mayor a diez, pero menor a quince años. Además de inhabilitación por un tiempo mayor a diez años.
Prescripción del delito a los diez, para los casos en que la pena máxima estipulada en la ley sea inhabilitación o prisión por más de cinco años, pero que no exceda de diez.
El plazo de prescripción es a los cinco para los demás delitos, a excepción de los delitos de injuria, calumnia y leves, los cuales prescriben al año.
Existen unos delitos que no prescribirán en ningún caso, entre ellos están los delitos contra los bienes y las personas protegidos en caso de conflicto armado. También están los delitos de genocidio y de lesa humanidad y los delitos de terrorismo en los casos de haber causado la muerte de una persona.
Los delitos que no prescriben se encuentran establecidos en el artículo 131.3 del Código Penal.
¿Desde cuándo se computa el plazo de prescripción de un delito?
El artículo 132.2 Código Penal establece que el cómputo para la prescripción del delito se hará desde el día en que se cometa el hecho delictivo. Este tiempo quedará sin efecto el cuándo el procedimiento se dirija hacia la persona responsable de cometer el delito.
El tiempo comenzará a correr nuevamente a partir de que termine el procedimiento sin condena o que se paralice. La prescripción para los casos que exijan habitualidad se hará de la siguiente manera:
Para los delitos permanentes la prescripción se realizará desde que se elimina la situación ilícita.
En caso de delito continuado desde que cesa la conducta.
Para las infracciones será desde el día que se cometió la última infracción.
El plazo de prescripción de delitos no se interrumpe por la interposición de una querella o denuncia.
La prescripción se interrumpe y queda sin efecto el tiempo que ha pasado, cuando la persona comete la persona comete un nuevo delito.