Malversación

  Derecho Penal, Delitos

La malversación o desfalco como también se conoce es un delito que sólo puede  cometer una autoridad o funcionario público en el cumplimiento de sus funciones. Estos cumpliendo sus funciones desvían los fondos o recursos con fines particulares o personales. 

El delito de malversación se comete cuando se altera el patrimonio público realizando actividades castigadas por la ley. Este delito consiste en la administración desleal o apropiación indebida de los recursos asignados. 

¿Qué es malversación?

La malversación es un delito cuyo autor sólo puede ser un funcionario o autoridad pública y lo comete cuando altera el patrimonio público. Lo cual hace a través de actividades que se sanciona según lo dispuesto en el artículo 252 del Código Penal

La regulación del delito de malversación en el artículo 432 a 435 bis del Código Penal, en el Título XIX de los delitos contra la Administración Pública. En el Capítulo VII que trata sobre la malversación.

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El delito de malversación el bien jurídico que protege es la organización interna de la Administración pública y su relación con los ciudadanos. Según la ley también se protege el deber de integridad y fidelidad de los funcionarios públicos. Además de la función administrativa que cumplen mientras se encargan de la gestión de los fondos públicos.

Este delito siempre lo comete sobre el patrimonio público una autoridad o funcionario competente en el pleno ejercicio de sus funciones. Pero también puede cometer el delito de malversación un sujeto que no es funcionario público, pero tiene asignada por las administraciones públicas algunas funciones.

Tipos de malversación

Para cometer un delito de malversación existen dos conductas dolosas estas son las siguientes:

Malversación de uso

Esta malversación ocurre cuando el funcionario o autoridad no se apropia de los recursos que gestiona. Lo que hace es que los desvía para utilizarlos en un fin diferente al que se debían utilizar.

Malversación apropiativa

Este tipo de malversación ocurre cuando la autoridad o funcionario encargado de la gestión de los recursos públicos los usa para su propio interés. Estos recursos por lo general lo integran a su patrimonio. 

Malversación impropia

Este tipo de malversación es cometida por los particulares en los siguientes casos: 

Cuando son los encargados de rentas, fondos o bienes de las Administraciones Públicas. En caso de que sean designados legalmente como depositarios de caudales o fondos públicos.

Cuando el particular sea el administrador o depositario de bienes o dinero secuestrado, embargado o depositado por la autoridad pública, así estos pertenezcan a particulares.

¿Cuál es la pena para el delito de malversación?

La pena para el delito de malversación se encuentra en el artículo 432 del Código Penal y es la siguiente:

El funcionario o la autoridad pública que cometa el delito establecido en el artículo 252 relacionado con el patrimonio público, será castigado. La pena impuesta será de prisión de entre dos y seis años. Además de inhabilitación especial para ejercer el derecho al sufragio pasivo y para ejercer empleo o cargo público por un tiempo de seis a diez años.

Esta misma pena será impuesta al funcionario o la autoridad pública que cometa el delito establecido en el artículo 253 relacionado con el patrimonio público.

Pena del tipo atenuado

Este tipo de pena se aplica según el artículo 432 del Código penal cuando la cantidad sustraída es menor a 4.000 euros. En estos casos la pena impuesta es prisión entre seis meses y tres años, multa entre dos y cuatro meses y suspensión del cargo y empleo público por máximo tres años.

Pena del tipo agravado

 La pena de este tipo también se encuentra establecida en el artículo 432 y es de prisión entre cuatro y ocho años. Además de inhabilitación absoluta por un tiempo que va de los 10 a 20 años. 

Existen tres subtipos de pena agravada estos son los siguientes:

Malversación de especial gravedad de acuerdo con el valor de las cantidades sustraídas y el daño o entorpecimiento ocasionado al servicio público.

En caso de que el objeto malversado haya sido declarado de interés artístico o histórico.

Cuando los fondos malversados sean para  aliviar algún tipo de calamidad pública.

La pena para quienes cometen el delito de malversación impropia se encuentra establecida en el artículo 435 del Código Penal