Si se presentare querellante particular a sostener la acción, o cuando el Ministerio fiscal opine que procede la apertura del juicio oral, podrá el Tribunal, esto no obstante, acordar el sobreseimiento a que se refiere el número 2.º del artículo 637 si así lo estima procedente.
En cualquier otro caso no podrá prescindir de la apertura del juicio.
art 645 lecrim
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Este artículo hace referencia a ciertos casos en los que el Tribunal podrá acordar el sobreseimiento libre cuando el hecho no sea constitutivo de delito.
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro II. Del sumario
- Título XI. De la conclusión del sumario y del sobreseimiento
- Capítulo II: Del sobreseimiento
- Título XI. De la conclusión del sumario y del sobreseimiento
- Libro II. Del sumario