Artículo 526 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Ley de Enjuiciamiento Criminal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

El Juez instructor visitará una vez por semana, sin previo aviso ni día determinado, las prisiones de la localidad, acompañado de un individuo del Ministerio fiscal, que podrá ser el Fiscal municipal delegado al efecto por el Fiscal de la respectiva Audiencia; y donde exista este Tribunal, harán la visita el Presidente del mismo o el de la Sala de lo criminal y un Magistrado, con un individuo del Ministerio fiscal y con asistencia del Juez instructor.

En la visita se enterarán de todo lo concerniente a la situación de los presos o detenidos, y adoptarán las medidas que quepan dentro de sus atribuciones para corregir los abusos que notaren.

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El artículo 526 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal hace referencia a las visitas del Juez instructor al preso.

El artículo 526 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se encuentra dentro del Título VI, dedicado a la citación, la detención y la prisión provisional. Más en concreto en el Capitulo IV sobre el ejercicio del derecho de defensa, la asistencia de Abogado y el tratamiento de los detenidos y presos.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 2037/2026
06 de mayo de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:2037

Delito de asesinato. Recurso de casación en juicios procedentes del Tribunal de Jurado. Doctrina de la Sala. Infracciónleyart. 849.1 LECrim. Respeto hechos probados. Art. 139.1.4. «Para facilitar la comisión de un delito o evitar que se descubra otro». Doctrina de la Sala. Prueba indiciaria o circunstancial. Requisitos. Error por la valoración aislada de cada indicio. Falsedad documental art. 392.1 y 390.1-2 CP. Vía inadecuada art. 849.2. Fotocopia como objeto de falsedad documental. Doctrina de la Sala. El delito de falsedad, no es de propia mano

ECLI:ES:TS:2026:4274A
09 de abril de 2026 · Ponente: 6664/2025 · ECLI:ES:TS:2026:4274A

RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J. DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. MOTIVOS: Nulidad de las diligencias de instrucción: dispositivos de geolocalización; intervenciones telefónicas; datos de IMEI y IMSI; registro del vehículo; entrada y registro domiciliario; informe forense; cadena de custodia. Drogadicción Legislación

STS 1649/2026
26 de marzo de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1649

Delito contra la salud pública. Incongruencia omisiva. Tenencia ilícita de armas. Reincidencia.

STS 1328/2026
19 de marzo de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:1328

Delito de tráfico de drogas. Registros domiciliarios: horarios. Presunción de inocencia: contradicción limitada

STS 1292/2026
19 de marzo de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1292

Legitimación para ser parte del proceso. Incumplimiento delarticulo324 de la LECrim. Presunción de inocencia. Error de hecho. Anomalía psíquica.

Artículo 526 LECrim
Norma Ley de Enjuiciamiento Criminal
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País España
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