Artículo 443 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

  Ley de Enjuiciamiento Criminal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 26/04/2026

El testigo podrá leer por sí mismo la diligencia de su declaración; si no pudiere, por hallarse en alguno de los casos comprendidos en los artículos 440 y 442, se la leerá el intérprete, y en los demás casos el Secretario.

El Juez advertirá siempre a los interesados el derecho que tienen de leer por sí mismos sus declaraciones.

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Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1150/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:1150

Delito de estafa. El valor de las fotocopias en el delito de falsedad. Concurso entre el delito de estafa y el de falsedad en documento privado. Derecho al juez natural. Engaño bastante. Distinción dolo civil y dolo penal.

STS 96/2026
15 de enero de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:96

Delito continuado de apropiación indebida.

STS 5984/2025
17 de diciembre de 2025 · Ponente: Vicente Magro Servet · ECLI:ES:TS:2025:5984

Delito de conducción bajo las drogas tóxicas y conducción temeraria. Delito de homicidio por imprudencia grave. Tutela judicial efectiva. Alcance de la casación cuando lo que se recurre es una sentencia dictada en apelación por TSJ. Sentencia absolutoria.

STS 4392/2025
08 de octubre de 2025 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2025:4392

Apropiación indebida.

ECLI:ES:TS:2025:5383A
14 de mayo de 2025 · Ponente: 5354/2024 · ECLI:ES:TS:2025:5383A

DELITO: Delito tráfico de drogas de sustancias que causan grave daño a la salud, notoria importancia, de los arts. 368.1º y 369.1.5º CP Legislación

Artículo 443 LECrim
Norma Ley de Enjuiciamiento Criminal
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País España
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