Artículo 233 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Cuando se interpusiere el recurso de queja, el Tribunal ordenará al Juez que informe en el corto término que al efecto le señale.

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El artículo 233 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a la interposición del recurso de queja.

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El artículo 233 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales: