Artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

  Ley de Enjuiciamiento Criminal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

Si el apelante se hubiese personado, el Secretario judicial le dará vista de los autos por término de tres días para instrucción.

Después de él seguirá la vista, por igual término, a las demás partes personadas, y por último al Fiscal, si la causa fuese por delito de los que dan lugar a procedimiento de oficio, o de aquellos que puedan perseguirse previa denuncia de los interesados.

Sin embargo, de lo dispuesto en los párrafos anteriores, no se dará vista a las partes de lo que fuese para ellas de carácter reservado, tal como lo hubiera acordado el Juez o Tribunal.

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El artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española establece que cuando el apelante se haya personado, el Secretario judicial le dará vista de los autos por término de tres días para instrucción.

El artículo 229 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales:

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1515/2026
24 de marzo de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1515

Deliberación por medios telemáticos desde el extranjero desde sede no oficial. *Agresión sexual grupal: tratamiento penal

STS 1325/2026
17 de marzo de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1325

RecursoLey41/2015. Sentencia dictada en apelación por T.S.J. Agresión sexual. Denegación de prueba. Incongruencia omisiva. Nulidad de la declaración prestada por videoconferencia. Error en la apreciación de la prueba. Presunción. Dubio. Motivación.

ECLI:ES:TS:2026:3128A
12 de marzo de 2026 · Ponente: 5534/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3128A

RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J. Delito: agresión sexual sobre persona privada de sentido con penetración, art. 181. 1 y 3 CP, conforme a la LO 10/2022, de 6 de septiembre Motivos: Vulneración de precepto constitucional (art. 5.4 LOPJ): presunción de inocencia y principio in dubio pro reo (art. 24.2 CE); tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE). Infracción de ley (art. 849.1 LECRIM): arts. 181. 1 y 3 CP; art. 183 bis CP; 21.7 CP en relación con art. 183 bis CP; responsabilidad civil (art. 116 CP). Quebrantamiento de forma (art. 851.1 LECRIM): predeterminación del fallo Legislación

STS 1142/2026
12 de marzo de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1142

RecursoLey41/2015. Sentencia dictada en apelación por T.S.J. Violación. Falta de audiencia a a defensa. Declaración del testigo prestada por zoom. Presunción. Individualización de la pena.

STS 1018/2026
12 de marzo de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1018

Delitos de agresión sexual continuada, maltrato habitual y maltrato de obra. Incongruencia omisiva. Denegación de prueba en segunda instancia. Derecho a un juicio público. Continuidad delictiva.

Artículo 229 LECrim
Norma Ley de Enjuiciamiento Criminal
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País España
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