Artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.

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El artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a la admisión del recurso de apelación penal contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales.

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El artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales: