Interpuesto el recurso de apelación el Juez lo admitirá, en uno o en ambos efectos, según sea procedente.
art 223 lecrim
El artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a la admisión del recurso de apelación penal contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales.
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El artículo 223 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales:
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro I. Disposiciones generales
- Título X. De los recursos contra las resoluciones procesales
- Capítulo I: De los recursos contra las resoluciones de los Jueces y Tribunales
- Título X. De los recursos contra las resoluciones procesales
- Libro I. Disposiciones generales