Artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

El recurso de queja podrá interponerse contra todos los autos no apelables del Juez y contra las resoluciones en que se denegare la admisión de un recurso de apelación.

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El artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española establece cuándo podrá interponerse el recurso de queja.

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El artículo 218 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado a los recursos contra las resoluciones procesales: