Juicio oral

  Derecho Penal, Delitos

El juicio oral es la fase más importante de un proceso penal, es la fase que sigue después de la instrucción y acusación. El desarrollo de esta fase se hace ante la presencia de un juez y es donde se manifiestan las pretensiones, se realizan propuestas y se practican todas las pruebas. 

La etapa del juicio oral es donde se presentan los alegatos con el propósito de que la autoridad competente dicte sentencia. Existe la posibilidad y de acuerdo con las condiciones en que se realice este procedimiento judicial se efectúa a puerta cerrada.

¿Qué es un juicio oral?

El juicio oral es una fase que se lleva a cabo en todos los procesos penales después que finaliza la investigación y acusación provisional. En esta fase ante la presencia de un tribunal competente o juez se practican las pruebas y hacen las alegaciones para dictar la sentencia.

Este juicio se basa en los principios de oficialidad, inmediatez, igualdad, publicidad y otros relacionados. Los cuales permiten garantizar un procedimiento transparente y objetivo para las partes involucradas.

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Entre los principios que rigen el juicio oral se encuentra el principio de publicidad, el cual se manifiesta, cuando se ordena la realización de este juicio. Esto permite que todos los actos realizados en el proceso sean públicos, como son los debates orales y se hará bajo la pena de nulidad.

El principio de publicidad en el juicio oral permite garantizar la rectitud, la transparencia y la imparcialidad. Esto debido a que cualquier persona puede asistir a la audiencia pública y presenciar todo lo que ocurra durante el juicio.

¿Cómo se desarrolla un juicio oral?

El juicio oral atraviesa por diferentes etapas que por lo general se presentan de forma sucesiva y suele ser en la misma audiencia. El procedimiento es el siguiente

Alegatos

Para dar inicio al juicio oral deben presentarse en la fecha y hora establecida los miembros del Tribunal y las partes. En esta etapa el fiscal presenta una síntesis detallada de los hechos y los abogados de partes pueden decidir presentar o no alegatos de apertura.

Interrogatorios

En esta etapa se da comienzo a los interrogatorios que se harán a todas las personas citadas para el juicio. El abogado fiscal es el encargado de interrogar a los testigos, a continuación tiene derecho el abogado defensor a un contrainterrogatorio en caso de ser necesario, el abogado acusador puede hacer nuevas preguntas.

Las partes interesadas en esta etapa pueden presentar testimonios y pruebas que permitan demostrar la inocencia o culpabilidad del acusado. Estas pruebas o testimonios son admitidos previa autorización del juez.

Sentencia absolutoria

Cuando se dicta una sentencia absolutoria quiere decir que el juicio oral finaliza debido a falta de pruebas suficientes. Por lo general el abogado defensor solicita la sentencia en esta fase porque considera que no hay forma de comprobar la culpabilidad de su defendido.

Actos de defensa

En caso de que no exista una sentencia absolutoria, la parte defensora tiene el derecho de presentar testigos y pruebas para la defensa. Por lo general muchos abogados esperan hasta esta fase para presentar los alegatos de apertura.

Los acusadores en esta etapa también tienen el derecho de presentar los documentos que permitan invalidar las pruebas aportadas.

Alegatos finales

En esta etapa las partes presentan una exposición final en donde resaltan las pruebas y los aspectos que refuerzan su postura. Cuando las partes presenten sus conclusiones finales el Juez solicita que respondan si mantienen o cambian lo alegado presentados en sus escritos iniciales.

Antes de que finalice el proceso se le da al acusado la oportunidad de presentar su defensa. Esta es una forma de garantizar el derecho esencial a la defensa y a ser oído antes de que sea juzgado.

Lo siguiente es realizar la declaración de conclusión  y se da el visto para la sentencia.

Constitución del acta 

El acta del juicio oral es un documento donde se describe todo lo sucedido durante la audiencia, se presentan las pruebas practicadas, las resoluciones, entre otros. Este documento puede ser sustituido o completado a través de otro medio, pero debe tener la fe del secretario judicial. 

El acta debe ser firmada por los magistrados, el Juez, el abogado fiscal, el secretario judicial y los abogados presentes.