La injuria es considerada un delito y se comete cuando se acusa de hechos falsos o se hacen expresiones que violentan la dignidad de una persona. Este delito lesiona el honor, la fama o propia estimación de la persona.
El delito de injuria se puede cometer de forma verbal, de forma gráfica o por escrito, para ser considerado un delito el contenido tiene que ser gravemente ofensivo. La injuria se comete cuando mediante hechos falsos u ofensa se lesiona la dignidad de una persona.
¿Qué es el delito de injuria?
La injuria es un hecho o expresión que atenta contra la dignidad de una persona y se encuentra definido en el Código Penal como un delito. La injuria se encuentra entre los delitos contra el honor, que agreden el derecho a la intimidad y a la propia imagen de otras personas.
La regulación de este delito está a partir del artículo 208 del Código Penal, en Título XI sobre los Delitos contra el honor, Capítulo II que corresponde a la injuria. Los artículos 208 y 209 definen el delito de injuria como una acción que vulnera la dignidad de una persona, infringe su propia estimación o lesiona su fama.
La injuria para ser considerada como un delito es necesario que por las circunstancias, la naturaleza y su efecto se encuentren presentes en lo que establece la ley. Cuando la injuria consiste en imputación de hechos no es considerada como grave.
La injuria será considerada como grave cuando se hayan cometido sabiendo que son falsas o que exista temerario desprecio por la verdad.
Para que se cometa el delito de injuria es necesario que la expresión tenga un contenido denigrante u ofensivo para otra persona. Pero no es suficiente que se estime a la expresión como una injuria y la persona esté en conocimiento, porque se requiere la voluntad de causar daño.
El objetivo de la injuria por lo general sólo busca provocar el rechazo social, el desprecio de una persona o vejar a la misma. Esto sólo se realiza de manera intencional y con dolo.
La injuria es una acción que se realizan sin intención de ofender, solo busca hace una broma, criticar, contar un hecho, entre otras, no es considerada un delito.
Tipos de injurias
Los tipos de injurias que se pueden cometer y están tipificados en la ley son los siguientes:
Por la gravedad
La injuria se considera grave cuando una persona recibe un insulto muy ofensivo que ocasiona un daño o cuando se realiza hacia una persona que tiene una importancia social.
Por la forma de las injurias
En este tipo de injurias se encuentran las que se hacen con o sin publicidad. La regulación de las injurias con publicidad está en el artículo 209 al 211 del Código Penal. Estas injurias son las que se hacen a través de los medios de comunicación o se utiliza cualquiera de las redes sociales.
Cuando se comete la injuria con publicidad ocasiona un mayor daño del que se haría cuando la injuria se realiza de forma privada. El daño que ocasiona las injurias de este tipo conlleva una pena del doble a la que se aplica en el caso de injurias sin publicidad.
La pena que se aplica para el delito de injuria con publicidad es una multa que varía entre seis y catorce meses. En caso de que la injuria sea del tipo básico la multa que se aplica varía entre tres y siete meses.
El artículo 208 del Código Penal establece cuando se comete la injuria sin publicidad y cuáles son sus sanciones.
Por el objeto de imputación
Estas injurias se dividen en las que implican una falsa imputación de hechos y las que sólo incluyen juicios de valor.
¿Qué hacer para denunciar una injuria?
El artículo 215.1 Código Penal considera a la injuria como un delito privado, esto significa que no es perseguible de oficio. Para que sea persiga es necesario que el ofendido o su representante legal inicie una querella.
La única excepción que existe en las injurias es cuando se comete en contra de autoridades o funcionarios públicos. Cuando se hace sobre hechos relacionados con el ejercicio del cargo, para estos casos la injuria sí será perseguible de oficio.
Referencias
- Artículo 205 del Código Penal
- Artículo 208 del Código Penal
- Artículo 209 del Código Penal
- Artículo 213 del Código Penal
- Artículo 214 del Código Penal
- Artículo 215 del Código Penal
- Artículo 216 del Código Penal
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:
ECLI:ES:TS:2026:2542A
23 de febrero de 2026 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2026:2542A
Archivo de querella
STS 105/2026
22 de enero de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:105
Recurso contra auto de sobreseimiento libre dictado en apelación por la Audiencia Provincial.
ECLI:ES:TS:2025:12038A
22 de diciembre de 2025 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2025:12038A
Causa Especial. Inhibición
STS 5047/2025
19 de noviembre de 2025 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2025:5047
Delito de agresión sexual a menor de 16 años. Presunción de inocencia. LO 10/2022. Penas accesorias establecidas en el artículo 192 del Código Penal.
STS 4967/2025
04 de noviembre de 2025 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2025:4967
Delito deinjuriasy delito de lesiones a la dignidad de las personas, delart. 510.2 a) CP.
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