Escrito de acusación

  Derecho Penal, Delitos
El escrito de acusación es aquel que comprende todo lo relacionado con la solicitud de apertura del juicio oral ante un determinado órgano que considera competente, así como también se extiende a la identificación de la persona o personas contra la cual se dirige dicha acusación.

En este sentido, el escrito de acusación es aquel que se dirige a las personas en función de los siguientes extremos:

  • Se consideran los hechos punibles resultantes del sumario.
  • También se consideran la calificación legal de los hechos en sí mismos, determinado el delito que constituyan.
  • En el escrito de acusación también se determina la participación que en ellos hubiere tenido el procesado o los procesados, en caso de que se tratasen de varios.
  • Todos los hechos que resulten del sumario y que, además, constituyan circunstancias agravantes o atenuantes del delito, así como también los eximentes de responsabilidad criminal.
  • Las diferentes penas que hayan incurrido los procesados o el procesado, en caso de que fuesen varios por respectiva participación en el correspondiente delito.

Contenido del escrito de acusación en el ámbito civil y penal

Por otro lado, en el escrito de acusación, tanto el Ministerio Fiscal como el acusador privado expresarán los siguientes aspectos, siempre y cuando estén sostenidos por la acción civil:

  1. La persona o las personas que aparezcan como los responsables de daños y perjuicios, así como también la restitución de la cosa y el hecho en virtud del cual hubieran contraído dicha responsabilidad.
  2. El otro aspecto que deben expresar es la cantidad apreciada en daños y perjuicios que hayan sido causados por el delito o la cosa en específico que deban ser restituida.

Además de los aspectos anteriores, es importante destacar que se expresa, en dicho escrito, todo lo relacionado con la cuantía de las indemnizaciones o bien se fijarán las bases para su correspondiente determinación y las personas consideradas civilmente responsables.

De igual forma, también se expresa de forma clara y concisa todo lo relacionado sobre la entrega y destino de las cosas, efectos e imposición de costas procesales.

Junto a lo anterior, se propondrán todas las pruebas que no puedan presentarse durante el juicio oral, de ahí que se deba expresar la reclamación de determinados documentos o actuación de peritos y testigos, todo ello por medio de la correspondiente oficina judicial.

Dicha acusación también se extenderá a las faltas imputables al acusado del delito u otras personas, especialmente cuando las pruebas o comisión de la falta estuviesen relacionadas con el delito.

En este sentido, en este escrito también se podrá expresar o solicitar de forma anticipada muchas de las pruebas que no pueden presentarse en el juicio oral, tales como la modificación, adopción o suspensión de las medidas o cualquier otra que se consideren procedentes.

Escrito de acusación del Ministerio Fiscal

En lo que se refiere a la acusación del Ministerio Fiscal, previa información al superior jerárquico y acusaciones personadas, se podrá solicitar de forma debidamente justificada una prórroga.

En esta línea, atendiendo las diferentes circunstancias, el Juez de Instrucción podrá acordar la prórroga por un plazo máximo de otros 10 días adicionales.

Por otro lado, una vez que la investigación concluye o finaliza, se redacta por parte de los acusadores un escrito en el cual se concreten los diferentes indicios que hacen perseguir un delito y solicitar una adecuada calificación penal de unos determinados hechos, con el debido señalamiento de unas penas debidamente definidas.

De lo anterior se deriva la importancia de que el escrito de acusación sea elaborado en su totalidad por un penalista objetivo y activo.

Conclusiones provisionales

En el curso de un procedimiento abreviado, el escrito de acusación lo presentará el propio juez instructor. Sin embargo, en caso de estar frente a un procedimiento sumario, el escrito de la acusación tendrá el nombre escrito en las conclusiones provisionales, el cual se presentará ante la Audiencia Provincial que corresponda.

Independientemente de cuál de los dos procedimientos se ejecute, la esencia del trámite es el mismo en lo que se refiere al principio acusatorio. Hay que recordar que, por medio de ello, el acusado tiene derecho a conocer a la perfección los hechos concretos de los cuales se le acusa. De ahí que el hecho de exponer acusaciones poco claras, pueda tener como consecuencia la indefensión de la persona.

Como vemos, se constata la importancia de un buen escrito de acusación y de siempre incorporar hechos concretos bajo los cuales se puedan englobar todos los elementos del tipo legal, tanto los objetivos como los subjetivos del correspondiente delito por el cual se acusa a la persona o las personas, según sea el caso.

Principales requisitos del escrito

A continuación, se detallan cuáles son los principales requisitos que se deben considerar el momento de elaborar un escrito de acusación:

  1. Adecuada identificación de los acusados.
  2. Grados de participación de cada uno de los acusados en dicho delito.
  3. Existencia de los agravantes. Es importante destacar que no son apreciables de oficio por parte del Juez en cuestión.
  4. El delito o los delitos por los cuales se acusan a dicha persona o personas.
  5. Hacer una calificación jurídica porque los hechos que teóricamente puedan ser parecidos también podrían dar lugar a delitos de diferente naturaleza, lo cual haría completamente inviable la condena por uno de esos delitos en los casos en los que la calificación jurídica hubiere sido completamente diferentes, todo ello basado en el principio básico acusatorio.
  6. Expresar de forma clara y concisa la condena penal que se solicita, así como también la responsabilidad civil.
  7. La prueba que se pretende hacer valer en el acto del juicio. De igual forma, es importante destacar que esta prueba puede ser, tanto una reproducción de otra prueba existente en la fase anterior de instrucción como todas las pruebas anticipadas que, de alguna u otra forma, no pudieran practicarse en el juicio oral. También se deben expresar las pruebas practicadas por primera vez en el juicio oral.
  8. Finalmente, en el escrito se debe hacer la solicitud formal de la apertura del juicio oral.

En conclusión, el escrito de acusación cumple con un rol fundamental dentro de cualquier procedimiento jurídico. Hemos visto la importancia de que el mismo contenga toda la información pertinente y esté escrito de forma adecuada.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1647/2026
13 de abril de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1647

* Delitos sexuales continuados. El distanciamiento temporal entre los distintos episodios de agresión no rompe necesariamente la continuidad si hay similitud de ocasión y naturaleza. * No cabe aportar prueba nueva, tampoco si es posterior o sobrevenida, en un recurso de casación. Si se trata prueba favorable al condenado la legalidad procesal obliga a esperar la firmeza para intentar la revisión ex art. 954 LECrim.

STS 1629/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1629

Delitos fiscales, por español con residencia fiscal real y efectiva en España por más 183 días, que presenta certificación de residencia fiscal en Venezuela. Motivos de casación que, aunque enunciados por «error iuris», su desarrollo gira en torno a aspectos probatorios, no obstante lo cual se entra a su análisis. Doctrina general de la Sala, habiendo mediado previo recurso de apelación. La sola presentación de tales certificados es insuficiente, por sí solo, a los efectos de dar por acreditada una residencia real en ese país, cuando hay prueba que acredita la residencia real y material en España por más de 183 días en un año, como así sucede en el caso. Se descarta la doctrina de la Sala Tercera (STS 778/2023, de 12 de junio) que se pronunciaba sobre la presunción de validez de este tipo de certificados, en la medida que no ha de ser asumida de manera acrítica, por cuanto que se trata de una presunción «iuris tantum», que admite prueba en contrario, como la hubo en el caso, que se diferencia sustancialmente del visto en aquel procedimiento, y se reitera la doctrina de la Sala sobre la autonomía de cada proceso en lo que a su propia prueba y objeto concierne. Motivo por «error facti», que se desestima por no ajustarse a los parámetros de la jurisprudencia de la Sala

STS 1588/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:1588

Delito de abusos sexuales. Sentencia dictada por Audiencia Provincial resolviendo apelación contra sentencia procedente de Juzgado de lo Penal. Limitación de motivos, art. 849.1 LECrim. Cuestión nueva en casación. Doctrina de la Sala. Responsabilidad civil subsidiaria art. 121 CP del Ayuntamiento. Se aprecia. Teoría del riesgo. Delito de abusos sexuales tocamiento mediante palmada en los glúteos de una mujer. El acto sexual en si mismo considerado atenta contra la indemnidad sexual de la víctima

STS 1596/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:1596

Maltrato de obra, amenazas y maltrato habitual. Recurso casación contra sentencias dictadas en apelación por Audiencia Provincial procedentes Juzgado de lo Penal. Limitación de motivos a la infracción de ley art. 849.1 LECrim.El delito de maltrato habitual, art. 173.2, es independiente de los concretos actos violentos o vejatorios aisladamente considerados.Concepto de habitualidad. Doctrina de la Sala. Bien jurídico protegido.Recurso adhesivo autónomo. Puede articularse en sentido contrario al recurso principal.Cuestión nueva en casación. Improcedencia

STS 1524/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1524

Pena de inhabilitación del ejercicio de profesión u oficio que conlleven contacto directo con menores (art. 192 CP

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