1. Podrá decretar la provisional prison el juez o magistrado instructor, el juez que forme las primeras diligencias, así como el juez de lo penal o tribunal que conozca de la causa.
2. La prisión provisional sólo se adoptará cuando objetivamente sea necesaria, de conformidad con lo establecido en los artículos siguientes, y cuando no existan otras medidas menos gravosas para el derecho a la libertad a través de las cuales puedan alcanzarse los mismos fines que con la prisión provisional.
3. El juez o tribunal tendrá en cuenta para adoptar la prisión provisional la repercusión que esta medida pueda tener en el investigado o encausado, considerando sus circunstancias y las del hecho objeto de las actuaciones, así como la entidad de la pena que pudiera ser impuesta.
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We have a wide network of collaborating lawyers in all Spain.4. No se adoptará en ningún caso la prisión provisional cuando de las investigaciones practicadas se infiera racionalmente que el hecho no es constitutivo de delito o que el mismo se cometió concurriendo una causa de justificación.
art 502 lecrim
El artículo 502 de la Criminal Procedure Law española que hace referencia a the provisional prison.
- Criminal Procedure Law
- Book II. Of the summary
- Title VI. Of the summons, of the detention and of the provisional prison
- Chapter III: From provisional prison
- Article 502
- Article 503
- Article 504
- Article 504 bis (Annulled)
- Article 504 bis 2 (Repealed)
- Article 505
- Article 506
- Article 507
- Article 508
- Article 509
- Article 510
- Article 511
- Article 512
- Article 513
- Article 514
- Article 515
- Article 516
- Article 517
- Article 518
- Article 519
- Chapter III: From provisional prison