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El delito de tráfico de drogas se refiere a la venta y distribución de sustancias estupefacientes.
¿A qué se denomina delito de tráfico de drogas?
Se considera delito el tráfico de drogas porque atenta contra la salud pública y se encuentra establecido en los artículos 368 a 377 del Código Penal.
El bien jurídico protegido es la salud pública, razón por la cual se distingue entre actos que afectan la salud colectiva e individual. La mera posesión para consumo libre no es delito.
Requisitos constitutivos del delito de narcotráfico
Para que un acto sea considerado delito de contrabando de drogas se deben cumplir dos condiciones:
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Posesión o posesión de sustancias prohibidas. Son declaraciones objetivas que se reconocen por hechos externos. El espíritu de compartir el tráfico. Es un factor personal que debe comprobarse.
De posesión
Para calificar como posesión con fines comerciales, el precedente se basa en la cantidad en posesión del presunto infractor o, si la cantidad es menor, cuando se muestra la intención de comerciar.
Además, la condición del adicto debe probarse mediante un análisis clínico y un examen físico.
La posesión de una sustancia punitiva debe ser ilegal, de acuerdo con los acuerdos internacionales que excluyen las sustancias nocivas socialmente aceptables como el alcohol.
Según la Ley No. 17 de 1967, estas sustancias se clasifican como venenos, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Dependiendo del daño que causen a la salud, los medicamentos pueden ser duros o blandos.
Los números se presentan en una tabla preparada por el Instituto Nacional de Toxicología, que explica cuánta sustancia necesitaría un adicto para saciar su adicción en 5 días.
Estas cantidades se consideran el límite de absorbencia. Entonces, se reconocerá el tráfico de drogas si tiene:
Cáñamo: 100 g más de la parte superior de la planta de cannabis, en floración o fructificación, no extraído de la resina.
Quebradizo: 25 g de resina pura de la planta de cannabis o más. Cocaína: 7,5 gramos o más. Heroína: 3 gramos o más. MDMA (éxtasis, mol): 1,4 gramos o más. Anfetamina: 0,9 gramos o más. LSD: 3 miligramos o más.
Para traficar
Para tipificar un delito es necesario acreditar un comportamiento ejemplar conforme a lo estipulado en el artículo 368 del Código Penal.
Las personas que se dediquen a prácticas que cultiven, procesen, comercialicen, estimulen, promuevan o faciliten el consumo, la posesión ilegal de estupefacientes, sustancias psicotrópicas, la posesión para tales fines, están sujetas a pena de prisión de tres a seis años.
Multa de tres veces el valor de la propiedad por materiales o productos que causen daños graves a la salud, pena de prisión de uno a tres años y multa del doble en los demás casos.
Este comportamiento consta de los siguientes elementos:
El plantado.
Producción de materiales de las que se puedan obtener sustancias sancionadas, como estupefacientes, sustancias psicotrópicas o estupefacientes.
El cuidado
La presencia de elementos que prueban procesos mecánicos o químicos para obtener sustancias, ya sea de plantas o en forma artificial.
Tráfico adecuado
Estas transacciones son compradas, vendidas, exhibidas, recolectadas y contabilizadas en persona o remotamente por intermediarios locales o extranjeros.
Cualquier medio que promueva, defienda o facilite el consumo de estos artículos de cualquier forma, por ejemplo, mediante obsequios, patrocinios o de cualquier otra forma a disposición de los adictos.
Sanciones por tráfico de drogas
El tráfico de drogas puede ser castigado con penas generales, como prisión y multas. El nivel de castigo depende de la gravedad de la sustancia y la naturaleza del caso.
En general, el narcotráfico:
Sustancias nocivas graves como cocaína, éxtasis, heroína y otras: de 3 a 6 años de prisión y multa tres veces superior al valor de la droga encontrada.
Las sustancias tóxicas no son tan peligrosas como la marihuana: de 1 a 3 años de prisión y multa del doble del valor de la droga incautada.
Los delitos se pueden mitigar o agravar según las circunstancias.
Los posibles factores atenuantes
La cantidad está muy cerca de la dosis indicada. Sin antecedentes de actividad delictiva, ser minorista para apoyar la adicción en sí.
Los factores agravantes
Ser funcionario, docente, trabajador social o persona que ejerza y desempeñe sus funciones y profesión.
Sea parte de una organización dedicada a la lucha contra el crimen. Esta característica la exacerba en dos niveles: perteneciente únicamente a la organización, o como parte administrativa o ejecutiva de la misma.
Crear condiciones para que menores, personas con discapacidad mental y personas en tratamiento por drogodependencia puedan utilizar estimulantes.
Si se utiliza para negociar, constituye un estímulo excesivo de segundo orden.