Delito de encubrimiento

  Delitos, Derecho Penal

Encubrimiento significa encubrir u ocultar algo. En el sentido penal, el encubrimiento es un acto doloso realizado por una persona que no ha participado previamente en un delito anterior.

Por el que se tiene conocimiento de este hecho, que ayuda al infractor a eludir la persecución pública, y a gestionar o beneficiarse de los efectos del delito. 

En este artículo te dejaremos todo lo que debes saber sobre el delito de encubrimiento, la definición, los tipos, los artículos que estipulan este acto como un delito y muchas cosas más. 

¿Qué es el delito de encubrimiento? 

El diccionario jurídico español define el encubrimiento como un delito contra la justicia, que implica el apoyo real o personal a la persona que cometió el delito sin interferir de ninguna manera.

El encubrimiento es un acto usualmente punible como delito grave, que incluye la comisión o no comisión de actos encaminados a prevenir o impedir la labor del Estado en la detección e investigación de un delito.

 O de una serie de delitos de bienes, así como la identificación de sus autores.

¿Dónde se organiza el delito de encubrimiento?

El Código Penal regula el artículo 20 (Delitos contra la Administración Judicial), el capítulo tercero (encubrimiento), los artículos 451 al 454.

El tipo básico de comportamiento ilegal se encuentra en los primeros preceptos de los mencionados anteriormente:

Será castigado con una sentencia de prisión durante seis meses a tres años, con el conocimiento de una comisión de un delito y sin interferencia como autor o compromiso, intervino después de la implementación, de uno de las siguientes maneras:

1. Ayudar a los autores o los involuntarios a beneficiarse de la provisión, producto o precio de los delincuentes, sin beneficios completos.

2. Por segunda vez, cambie o desactiva el cuerpo, los efectos o las herramientas de un delito, para evitar su descubrimiento.

3. Apoyar a los líderes forzados de un criminal para evitar investigar su agencia o agente, o restar con su investigación o sugerencia, siempre que sea una de las siguientes circunstancias:

a) El secreto real es el constituyente de la traición, el asesino del rey o la reina o su estrella, sobre la coordinación de la reina o el rey, genocidio, crimen humano, crímenes contra personas.

Y propiedades protegidas en caso de conflicto armado, rebelión, terrorismo, asesinato, hacking, tratamiento humano o enfermedad de órganos.

b) Trabajo favorable con abuso de funciones públicas. En este caso, se aplicará, además de la pena de libertad, el estándar inadecuado para el empleo o las oficinas públicas.

Por un período de dos a cuatro años, si el delito está asegurado, somos más importantes y el absoluto no calificado de la época de Seis a doce años si es serio.

¿Se puede privar de libertad superior a una persona por el delito encubierto?

La ley establece que la persona que encubre el delito no puede ser sancionada con una pena separada superior a la pena correspondiente por dicho hecho ilícito.

En el artículo 452 se establece que:

En todos los casos, la privación de libertad puede ser superior a la especificada para un delito convincente.

 Si es punible con una pena de diferente naturaleza, entonces la privación de libertad debe ser reemplazada por una pena de seis a veinticuatro meses.

 A menos que el delito de negación sea punible con una pena igual o menor, en este caso y el autor de este delito es castigado en su mitad inferior.

¿Quién puede ser castigado por encubrimiento?

Se puede imponer ocultación a una persona irresponsable por conducta ilegal encubierta.

Esto está estipulado en el artículo 453:

Las disposiciones de esta sección se aplican incluso si el autor del comportamiento oculto no es responsable ni está exento de castigo.

¿Quién no es objeto del delito de encubrimiento?

Para conocer cuál es el delito de encubrimiento de la pena, es necesario consultar el siguiente artículo del Código Penal:

Personas que estén protegidas por sus cónyuges o cualquier persona con quien tengan una relación de afecto similar, o cuyos nietos, bisnietos o hermanos.

Sin importar que estos sean por naturaleza, por adopción, o emparentados en la misma medida, excepto en los casos de disfraz dado en el artículo 451 numeral 1.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1607/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Pablo Llarena Conde · ECLI:ES:TS:2026:1607

DELITOCONTRA LA SALUD PÚBLICA: Prueba de cargo bastante pese a la destrucción de la sustancia en el incendio provocado por uno de los partícipes deldelito.DELITODE INCENDIO: Incendio de barco en alta mar: puesta en riesgo de la vida o integridad física de las personas. Artículo 351 del Código Penal. HOMICIDO CON ATENTADO: Artículo 138.2.b) del Código Penal. Dolo eventual. Maniobra en la que el gran velero que transporta la droga cambia su rumbo y vuelca una embarcación policial que estaba apostada junto al casco de aquel para iniciar su abordaje. Relación de causalidad e imputación objetiva de un ahogamiento seco y no por sumersión. PIRATERÍA: Establece doctrina. Inexistencia de bis in idem. Eldelitodel artículo 616 ter del Código Penal no exige que la acción responda a un interés privado del sujeto activo. Concurso ideal con eldelitode homicidio con atentado

ECLI:ES:TS:2026:3345A
31 de marzo de 2026 · Ponente: 21544/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3345A

auto desestima recurso de súplica Legislación

ECLI:ES:TS:2026:3233A
24 de marzo de 2026 · Ponente: 21290/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3233A

Auto desestima Recurso Súplica contra Auto inadmisión querella Legislación

STS 1333/2026
23 de marzo de 2026 · Ponente: Eduardo De Porres Ortiz De Urbina · ECLI:ES:TS:2026:1333

CONTRA LA SALUD PÚBLICA. Prohibición de investigaciones prospectivas. Intervenciones telefónicas: requisitos. Doctrina sobre la cadena de custodia. análisis de la prueba. Presunción de inocencia. atenuante de drogadicción. No se aprecia cuando la drogadicción no tiene incidencia en la conducta. Atenuante de dilaciones indebidas: No se aprecia en un proceso con una duración de dos años sin paralizaciones. Análisis de la complicidad

ECLI:ES:TS:2026:2946A
11 de marzo de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:2946A

Auto Archivo Querella

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