Artículo 16 del Código Penal Militar

  Codigo Penal Militar

Toda pena de prisión impuesta a cualquier militar producirá el efecto de que su tiempo de duración no será de abono para el servicio.

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El artículo 16 del Código Penal Militar español hace referencia a los efectos de las penas de prisión para los delitos militares.

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El artículo 16 del Código Penal Militar se encuentra dentro del Título III del Libro Primero. Más en concreto, en el Capítulo III, que hace referencia a los efectos de las penas.