Los jueces o tribunales, en la aplicación de la pena, con arreglo a las normas contenidas en este capítulo, razonarán en la sentencia el grado y extensión concreta de la impuesta.
art 72 cp
El artículo 72 del Código Penal español hace referencia a las reglas generales de la aplicación de las penas y establece que los jueces o tribunales razonarán el grado y la extensión de la pena impuesta en la sentencia.
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- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Título III: De las penas
- Capitulo II: De la aplicación de las penas
- Sección I: Reglas generales para la aplicación de las penas
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