Artículo 69 del Código Penal

  Codigo Penal

Al mayor de dieciocho años y menor de veintiuno que cometa un hecho delictivo, podrán aplicársele las disposiciones de la ley que regule la responsabilidad penal del menor en los casos y con los requisitos que ésta disponga.

art 69 cp

El artículo 69 del Código Penal español hace referencia a la responsabilidad penal del menor y a las reglas de la aplicación de las penas para los mayores de 18 años y menores de 21.

¿Buscas abogado especialista en Derecho Penal?

Te ayudamos a encontrar abogado especialista en Penal.
Contamos con una amplia red de abogados colaboradores en toda España.