Artículo 565 del Código Penal

  Codigo Penal

Los Jueces o Tribunales podrán rebajar en un grado las penas señaladas en los artículos anteriores, siempre que por las circunstancias del hecho y del culpable se evidencie la falta de intención de usar las armas con fines ilícitos.

art 565 cp

El artículo 565 del Código Penal español hace referencia a la posibilidad de rebajar en un grado las penas para el delito de tenencia ilícita de armas.

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