1. Los que, actuando en grupo o individualmente pero amparados en él, invadan u ocupen, contra la voluntad de su titular, el domicilio de una persona jurídica pública o privada, un despacho, oficina, establecimiento o local, aunque se encuentre abierto al público, y causen con ello una perturbación relevante de la paz pública y de su actividad normal, serán castigados con una pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses, salvo que los hechos ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código.
2. Los hechos serán castigados con la pena superior en grado cuando concurran las circunstancias 1.ª, 3.ª, 4.ª ó 5.ª del artículo 557 bis.
art 557 ter cp
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XXII: Delitos contra el orden público
- Capítulo III: De los desórdenes públicos
- Título XXII: Delitos contra el orden público
- LIBRO II: Delitos y sus penas
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:
STS 1335/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2026:1335
Delito contra la salud pública. Imparcialidad objetiva de los magistrados de la Sala enjuiciadora. Presunción de inocencia. Complicidad.
STS 1032/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1032
Delito de blanqueo de capitales procedente del narcotráfico en el seno de organización criminal. Vulneración de derechos fundamentales. Principio acusatorio. Heterointegración del hecho probado. Infracción de ley.
STS 4886/2025
30 de octubre de 2025 · Ponente: Andres Martinez Arrieta · ECLI:ES:TS:2025:4886
Delito contra la salud pública y de blanqueo de capitales. Derecho al secreto de las comunicaciones. Pertenencia a grupo criminal.
STS 2459/2025
29 de mayo de 2025 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2025:2459
In dubio pro reo; presunción de inocencia. Delito de atentado. Tipo subjetivo
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