Artículo 538 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

La autoridad o funcionario público que establezca la censura previa o, fuera de los casos permitidos por la Constitución y las Leyes, recoja ediciones de libros o periódicos o suspenda su publicación o la difusión de cualquier emisión radiotelevisiva, incurrirá en la pena de inhabilitación absoluta de seis a diez años.

art 538 cp

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1629/2026
09 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1629

Delitos fiscales, por español con residencia fiscal real y efectiva en España por más 183 días, que presenta certificación de residencia fiscal en Venezuela. Motivos de casación que, aunque enunciados por «error iuris», su desarrollo gira en torno a aspectos probatorios, no obstante lo cual se entra a su análisis. Doctrina general de la Sala, habiendo mediado previo recurso de apelación. La sola presentación de tales certificados es insuficiente, por sí solo, a los efectos de dar por acreditada una residencia real en ese país, cuando hay prueba que acredita la residencia real y material en España por más de 183 días en un año, como así sucede en el caso. Se descarta la doctrina de la Sala Tercera (STS 778/2023, de 12 de junio) que se pronunciaba sobre la presunción de validez de este tipo de certificados, en la medida que no ha de ser asumida de manera acrítica, por cuanto que se trata de una presunción «iuris tantum», que admite prueba en contrario, como la hubo en el caso, que se diferencia sustancialmente del visto en aquel procedimiento, y se reitera la doctrina de la Sala sobre la autonomía de cada proceso en lo que a su propia prueba y objeto concierne. Motivo por «error facti», que se desestima por no ajustarse a los parámetros de la jurisprudencia de la Sala

STS 96/2026
15 de enero de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:96

Delito continuado de apropiación indebida.

STS 5207/2025
20 de noviembre de 2025 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2025:5207

Delito de estafa. Art. 324 LECrim.Indebida denegación de prueba. Dilaciones indebidas.

STS 4694/2025
22 de octubre de 2025 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2025:4694

Hacienda Pública. Blanqueo. Investigación tributaria y derecho a no autoincriminarse. Presunción. Continuidad. Retroactividad Leypenal. Predeterminación fallo. Prescripción. Acusatorio. Tutela judicial efectiva por no valoración de la prueba de descargo.

ECLI:ES:TS:2025:9878A
09 de octubre de 2025 · Ponente: 3349/2025 · ECLI:ES:TS:2025:9878A

RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J. DELITO: Delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud del art. 368 párrafo 1º, notoria importancia, 369.1. 5º CP. Delito de asociación ilícita ex arts. 515.1º y 517. 1º y 2º CP. MOTIVOS: Presunción de inocencia. Motivación. Error de tipo y prohibición. Menor entidad ex art. 368, párrafo 2º. Dilaciones indebidas cualificadas y ex post iudicio Legislación

Artículo 538 CP
Norma Código Penal Español
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