Artículo 462 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

Quedará exento de pena el que, habiendo prestado un falso testimonio en causa criminal, se retracte en tiempo y forma, manifestando la verdad para que surta efecto antes de que se dicte sentencia en el proceso de que se trate. Si a consecuencia del falso testimonio, se hubiese producido la privación de libertad, se impondrán las penas correspondientes inferiores en grado.

art 462 cp

Este artículo del Código Penal español hace referencia a la posibilidad de que un testigo quede exento de pena por un delito de falso testimonio.

El artículo 462 del Código Penal forma parte del capítulo dedicado al falso testimonio:

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1889/2026
22 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1889

Delito de falsedad y estafa

ECLI:ES:TS:2026:2686A
05 de marzo de 2026 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2026:2686A

Auto de archivo de querella

STS 482/2026
09 de febrero de 2026 · Ponente: Eduardo De Porres Ortiz De Urbina · ECLI:ES:TS:2026:482

Delito de falsedad en documento privado. Delito de frustración de ejecución. Alcance de la casación cuando lo que se recurre es una sentencia dictada en apelación por Audiencia Provincial. Infracción de ley.Artículo849.1 LECrim.

STS 337/2026
29 de enero de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:337

Contra la Hacienda Pública, falsedad documental y blanqueo de capitales. Vista en casación. Indefensión. Tutela. Blanqueo. Cláusula atenuatoria del art. 65.3 CP. Dilaciones. Registro. Individualización. Responsabilidad civil. Deuda tributaria.

ECLI:ES:TS:2026:1556A
29 de enero de 2026 · Ponente: 10611/2025 · ECLI:ES:TS:2026:1556A

RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL TSJ. DELITO: Delito violación de los arts. 178.1, 179 y 180.1.1º CP, en su redacción dada por la LO 10/2022. Delito de robo con violencia e intimidación de los arts. 237 y 242.1 CP. MOTIVO: Grabación del plenario defectuosa. Presunción de inocencia. Individualización de la pena Legislación

Artículo 462 CP
Norma Código Penal Español
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País España
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