La autoridad o funcionario público que exigiere, directa o indirectamente, derechos, tarifas por aranceles o minutas que no sean debidos o en cuantía mayor a la legalmente señalada, será castigado, sin perjuicio de los reintegros a que viniere obligado, con las penas de multa de seis a veinticuatro meses y de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a cuatro años.
art 437 cp
El artículo 437 del Código Penal español hace referencia al delito de exacción ilegal y sus penas.
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- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- Capítulo VIII: De los fraudes y exacciones ilegales
- Artículo 436
- Artículo 437
- Artículo 438
- Capítulo VIII: De los fraudes y exacciones ilegales
- Título XIX: Delitos contra la Administración pública
- LIBRO II: Delitos y sus penas