Artículo 402 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.

art 402 cp

El artículo 402 del Código Penal español hace referencia al castigo para quien ejerce actos propios de una autoridad pública sin serlo.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1330/2026
16 de marzo de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1330

Delito contra la salud pública. Nulidad por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Intervenciones telefónicas. Individualización de la pena. Legitimación del Ministerio Fiscal.

STS 96/2026
15 de enero de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:96

Delito continuado de apropiación indebida.

STS 5372/2025
27 de noviembre de 2025 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2025:5372

Delito contra la Hacienda Pública. Falsedad documental. Presunción de inocencia. Infracción de ley del art. 849.1 LECRIM.

STS 5388/2025
26 de noviembre de 2025 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2025:5388

Delito continuado de estafa. Pertenencia a organización criminal. Sentencia de conformidad. Manifestación de la voluntad por los condenados para alcanzar la conformidad ante el Letrado de la Administración de Justicia. Inexistencia de indefensión.

STS 4801/2025
29 de octubre de 2025 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2025:4801

Auto de transformación del procedimiento en Abreviado. Tutela judicial efectiva y motivación. Cuota de la multa. Presunción de inocencia. Falsedad documental. Delito de usurpación de funciones públicas.

Artículo 402 CP
Norma Código Penal Español
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País España
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