Artículo 402 bis del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

El que sin estar autorizado usare pública e indebidamente uniforme, traje o insignia que le atribuyan carácter oficial será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.

art 402 bis cp

El artículo 402 bis del Código Penal español hace referencia al castigo por uso público de uniformes oficiales sin autorización.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1330/2026
16 de marzo de 2026 · Ponente: Antonio Del Moral Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1330

Delito contra la salud pública. Nulidad por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Intervenciones telefónicas. Individualización de la pena. Legitimación del Ministerio Fiscal.

STS 96/2026
15 de enero de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:96

Delito continuado de apropiación indebida.

STS 5388/2025
26 de noviembre de 2025 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2025:5388

Delito continuado de estafa. Pertenencia a organización criminal. Sentencia de conformidad. Manifestación de la voluntad por los condenados para alcanzar la conformidad ante el Letrado de la Administración de Justicia. Inexistencia de indefensión.

ECLI:ES:TS:2025:7615A
23 de julio de 2025 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2025:7615A

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Artículo 402 bis CP
Norma Código Penal Español
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País España
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