Artículo 398 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

La autoridad o funcionario público que librare certificación falsa con escasa trascendencia en el tráfico jurídico será castigado con la pena de suspensión de seis meses a dos años.

Este precepto no será aplicable a los certificados relativos a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública.

art 398 cp

El artículo 398 del Código Penal español hace referencia al delito de falsedad documental y a la falsificación de certificados por una autoridad o un funcionario público.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1889/2026
22 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1889

Delito de falsedad y estafa

ECLI:ES:TS:2026:3246A
25 de marzo de 2026 · Ponente: 21919/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3246A

Auto Archivo Querella Legislación

STS 1150/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:1150

Delito de estafa. El valor de las fotocopias en el delito de falsedad. Concurso entre el delito de estafa y el de falsedad en documento privado. Derecho al juez natural. Engaño bastante. Distinción dolo civil y dolopenal.

STS 96/2026
15 de enero de 2026 · Ponente: Javier Hernandez Garcia · ECLI:ES:TS:2026:96

Delito continuado de apropiación indebida.

ECLI:ES:TS:2025:11989A
18 de diciembre de 2025 · Ponente: 10551/2025 · ECLI:ES:TS:2025:11989A

RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J. Delito: Contra la salud pública. Motivos: Vulneración del derecho a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y del principio «in dubio pro reo». Denegación de prueba. Infracción de ley del art. 849.1 LECRIM. Error de tipo y de prohibición. Dilaciones indebidas Legislación

Artículo 398 CP
Norma Código Penal Español
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País España
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