Artículo 392 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

1. El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

2. Las mismas penas se impondrán al que, sin haber intervenido en la falsificación, traficare de cualquier modo con un documento de identidad falso. Se impondrá la pena de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses al que hiciere uso, a sabiendas, de un documento de identidad falso.

Esta disposición es aplicable aun cuando el documento de identidad falso aparezca como perteneciente a otro Estado de la Unión Europea o a un tercer Estado o haya sido falsificado o adquirido en otro Estado de la Unión Europea o en un tercer Estado si es utilizado o se trafica con él en España.

art 392 cp

El artículo 392 del Código Penal español hace referencia al delito de falsedad documental y establece las penas para el particular que cometa una falsificación en documentos públicos, oficiales o mercantiles.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 2037/2026
06 de mayo de 2026 · Ponente: Juan Ramon Berdugo Gomez De La Torre · ECLI:ES:TS:2026:2037

Delito de asesinato. Recurso de casación en juicios procedentes del Tribunal de Jurado. Doctrina de la Sala. Infracción ley art. 849.1 LECrim. Respeto hechos probados. Art. 139.1.4. «Para facilitar la comisión de un delito o evitar que se descubra otro». Doctrina de la Sala. Prueba indiciaria o circunstancial. Requisitos. Error por la valoración aislada de cada indicio. Falsedad documental art.392.1 y 390.1-2 CP. Vía inadecuada art. 849.2. Fotocopia como objeto de falsedad documental. Doctrina de la Sala. El delito de falsedad, no es de propia mano

STS 1889/2026
22 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1889

Delito de falsedad y estafa

STS 1599/2026
08 de abril de 2026 · Ponente: Vicente Magro Servet · ECLI:ES:TS:2026:1599

Delito contra la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores. Presunción de inocencia. Requisitos de la cooperación necesaria o complicidad en el entorno familiar. Infracción de ley. Redacción del hecho probado.

STS 1367/2026
23 de marzo de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:1367

Homicidio por imprudencia grave. Atropello en paso de peatones. Infracción de ley. Imprudencia grave y menos grave. Dilaciones indebidas.

ECLI:ES:TS:2026:3478A
19 de marzo de 2026 · Ponente: 4934/2025 · ECLI:ES:TS:2026:3478A

DELITO: un delito de falsedad de documento mercantil del art. 392 .1 CP, en relación con el art. 390.1.3º CP, en concurso medial con un delito de estafa agravada de los arts. 248, 249 y 250.1.5º CP (en la redacción dada por la LO 5/2010, de 22 de junio). Sentencia parcialmente absolutoria. MOTIVOS: Vulneración de precepto constitucional: tutela judicial efectiva (art. 24.2 CE); y presunción de inocencia y principio in dubio pro reo (art. 24.2 CE). Infracción de ley (art. 849.1 LECRIM): indebida aplicación del art. 21.6 CP. Infracción de ley (art. 849.1 LECRIM): indebida inaplicación de los arts. 250.1.1º y 4º CP. Infracción de ley (art. 849.2 LECRIM): error en la apreciación de la prueba basado en documentos Legislación

Artículo 392 CP
Norma Código Penal Español
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