Artículo 358 del Código Penal

  Codigo Penal

El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las secciones anteriores, será castigado con la pena inferior en grado, a las respectivamente previstas para cada supuesto.

art 358 cp

El artículo 358 del Código Penal español hace referencia a la imprudencia grave que ocasiona un delito de incendio.

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