El que por imprudencia grave cause daños, en cuantía superior a 400 euros, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental, así como en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses, atendiendo a la importancia de los mismos.
art 324 cp
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente
- Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico
- Artículo 321
- Artículo 322
- Artículo 323
- Artículo 324
- Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico
- Título XVI: De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente
- LIBRO II: Delitos y sus penas
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:
ECLI:ES:TS:2026:4066A
20 de abril de 2026 · Ponente: 22389/2025 · ECLI:ES:TS:2026:4066A
Auto declara competencia, abre procedimiento y designa instructor
ECLI:ES:TS:2026:4047A
15 de abril de 2026 · Ponente: Leopoldo Puente Segura · ECLI:ES:TS:2026:4047A
Auto desestimando recurso de queja
STS 1698/2026
08 de abril de 2026 · Ponente: Vicente Magro Servet · ECLI:ES:TS:2026:1698
Condena de la Salapenalde la AN a varios acusados por delito contra la salud pública y pertenencia a organización criminal. Sentencia confirmada de forma motivada por la Sala de apelación de la AN. Recurre solo una de las personas condenadas. El recurso se desestima. 1.- Plantea que la investigación fue prospectiva. La Sentencia recurrida explica de forma motivada que las medidas de injerencia acordadas se dictaron en base al fundado oficio policial previo con vigilancias y seguimientos que determinaron finalmente la petición policial y adopción de las medidas por el juez. 2.- Nulidad de la cadena de custodia de la droga intervenida en la entrada y registro. No hubo vicio invalidante alguno en este caso, tal y como se ha explicado de forma motivada en la sentencia de la Sala de apelación de la AN 3.- Atenuante de dilaciones indebidas. No ha habido retrasos relevantes en la tramitación de la causa que atraigan la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas. En este caso la causa era compleja, los acusados varios, los delitos distintos, existía tráfico de anabolizantes y de drogas, se condenó a los autores por delito de integración en grupo criminal, concurrieron problemas de competencia, la instrucción fue complicada, hubo plurales recursos de reforma y apelación contra el auto de transformación en PA, necesitó digitalizarse el procedimiento por el LAJ, se atravesó el periodo Covid entre otras circunstancias. 4.- Eximente incompleta y atenuante de toxicomanía arts. 21.1 y 21.2 CP. Los hechos probados alejan que al momento de los hechos estuviera influida por consumo de drogas. 5.- Principio de igualdad respecto a la pena impuesta en relación a otros condenados. Se queja de la pena impuesta respecto a otros condenados. La pena se le impuso en la mitad inferior, y el resto se conformó. No hay vulneración alguna. La pena está motivada y en su marco
STS 1603/2026
07 de abril de 2026 · Ponente: Julian Artemio Sanchez Melgar · ECLI:ES:TS:2026:1603
Presunción de inocencia. Pericial de credibilidad . Imparicilidad. Error facti. Dilaciones indebidas. Reparación del daño.
STS 1661/2026
06 de abril de 2026 · Ponente: Manuel Marchena Gomez · ECLI:ES:TS:2026:1661
Tráfico de drogas. Entrada y registro que se anticipa al horario señalado por el Juez de instrucción. Utilización de drones en la investigación. Volcado de datos tecnológicos. Organización criminal.
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