1. Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.
2. En la misma pena incurrirán quienes recluten personas o las determinen a abandonar su puesto de trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas, y quienes empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
art 312 cp
El artículo 312 del Código Penal español hace referencia al castigo de prisión para quien trafique de manera ilegal con mano de obra, siendo la misma pena para quienes ofrezcan empleo en condiciones engañosas o empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en malas condiciones.
Las penas impuestas por la comisión de estos delitos no serán sustituidas conforme a los establecido en el artículo 89 del Código Penal.
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título XV: De los delitos contra los derechos de los trabajadores
- LIBRO II: Delitos y sus penas
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:
STS 1948/2026
23 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1948
Delitos contra la salud pública y grupo criminal. Recurso de apelación previo al de casación, en que se repiten motivos con alegaciones sobre aspectos probatorios: doctrina general de la Sala, en particular en su cometido de control casacional, centrada en la revisión de la estructura racional del discurso del tribunal de apelación. Motivo por «error iuris», que se desarrolla sin respeto a los hechos probados, y que se introduce «per saltum» en casación, circunstancias ambas que dan lugar a su desestimación. Queja por haber asumido las sentencias de instancia y apelación las tesis policiales, a las que se tacha de no respetar los mínimos de imparcialidad, que se rechaza, en cuanto los funcionarios policiales son testigos que declaran bajo juramento y además es un reproche que choca con sus principios básicos de actuación según LO 2/1986. Elemento fundamental para la condena, ficha de imputación policial y su tratamiento como prueba pericial de inteligencia: aporta datos objetivos obtenidos de conversaciones telefónicas, que puede constatar el tribunal
STS 1510/2026
25 de marzo de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:1510
Delito de trata. Análisis de losartículos312, 318 bis y 177 bis CP.
STS 1143/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:1143
Delito de lesiones.
ECLI:ES:TS:2026:2566A
03 de marzo de 2026 · Ponente: 20775/2020 · ECLI:ES:TS:2026:2566A
Auto desestimando cuestiones previas suscitadas por las defensas. Admisión y declaración de pertinencia de las pruebas Legislación
STS 484/2026
04 de febrero de 2026 · Ponente: Eduardo De Porres Ortiz De Urbina · ECLI:ES:TS:2026:484
Recurso Ley 41/2015. Sentencia dictada en apelación por T.S.J. Fraude Fiscal. Falsedad documental. Entrada y registro. Individualización pena. Error facti. Presunción. Cooperación necesaria.
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