A los efectos de este Código se considera documento todo soporte material que exprese o incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria o cualquier otro tipo de relevancia jurídica.
art 26 cp
El artículo 26 del Código Penal español explica que desde dicho código se considera documento todo aquello que permite ser probatorio y de relevancia jurídica.
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- Código Penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
- Titulo I: De la infracción penal
- Capítulo VI: Disposiciones generales
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Capítulo VI: Disposiciones generales
- Titulo I: De la infracción penal
- LIBRO I: Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal