Artículo 243 del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

El que, con ánimo de lucro, obligare a otro, con violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años, sin perjuicio de las que pudieran imponerse por los actos de violencia física realizados.

art 243 cp

El artículo 243 del Código Penal español hace referencia a las penas con las que se castiga el delito de extorsión.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1889/2026
22 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1889

Delito de falsedad y estafa

STS 1143/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:1143

Delito de lesiones.

STS 243/2026
04 de febrero de 2026 · Ponente: Vicente Magro Servet · ECLI:ES:TS:2026:243

Delito de abuso sexual.

STS 158/2026
26 de enero de 2026 · Ponente: Pablo Llarena Conde · ECLI:ES:TS:2026:158

Delito contra la salud púbica. Contrabando. Blanqueo de capitales. Presunción de inocencia. Secreto de las comunicaciones. Infracción de ley.

STS 105/2026
22 de enero de 2026 · Ponente: Andres Palomo Del Arco · ECLI:ES:TS:2026:105

Recurso contra auto de sobreseimiento libre dictado en apelación por la Audiencia Provincial.

Artículo 243 CP
Norma Código Penal Español
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País España
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