1. El particular que encerrare o detuviere a otro, privándole de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años.
2. Si el culpable diera libertad al encerrado o detenido dentro de los tres primeros días de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado.
3. Se impondrá la pena de prisión de cinco a ocho años si el encierro o detención ha durado más de quince días.
4. El particular que, fuera de los casos permitidos por las leyes, aprehendiere a una persona para presentarla inmediatamente a la autoridad, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
art 163 cp
El artículo 163 del Código Penal español hace referencia a las penas de prisión que se impondrán a la persona que cometa un delito de detención ilegal.
- Código Penal
- LIBRO II: Delitos y sus penas
- Título VI: Delitos contra la libertad
- Capítulo I: De las detenciones ilegales y secuestros
- Título VI: Delitos contra la libertad
- LIBRO II: Delitos y sus penas
Jurisprudencia del Tribunal Supremo
Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:
STS 1867/2026
29 de abril de 2026 · Ponente: Leopoldo Puente Segura · ECLI:ES:TS:2026:1867
Detención ilegal en grado de tentativa. Distinción con delito de coacciones. Lectura de la declaración de un testigo, prestada en instrucción sin presencia de los letrados de los investigados, habiendo fallecido aquel antes del juicio. Presunción de inocencia. Motivación de las sentencias. Vulneración del principio acusatorio: imposición de las penas de prohibición de aproximarse y comunicar con la víctima que no habían sido interesadas por la única acusación siendo de imposición facultativa. Error en la individualización de la pena: reducción en dos grados como consecuencia del punto de perfección alcanzada (tentativa) y en un grado más por la apreciación de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas
STS 1948/2026
23 de abril de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1948
Delitos contra la salud pública y grupo criminal. Recurso de apelación previo al de casación, en que se repiten motivos con alegaciones sobre aspectos probatorios: doctrina general de la Sala, en particular en su cometido de control casacional, centrada en la revisión de la estructura racional del discurso del tribunal de apelación. Motivo por «error iuris», que se desarrolla sin respeto a los hechos probados, y que se introduce «per saltum» en casación, circunstancias ambas que dan lugar a su desestimación. Queja por haber asumido las sentencias de instancia y apelación las tesis policiales, a las que se tacha de no respetar los mínimos de imparcialidad, que se rechaza, en cuanto los funcionarios policiales son testigos que declaran bajo juramento y además es un reproche que choca con sus principios básicos de actuación según LO 2/1986. Elemento fundamental para la condena, ficha de imputación policial y su tratamiento como prueba pericial de inteligencia: aporta datos objetivos obtenidos de conversaciones telefónicas, que puede constatar el tribunal
STS 1726/2026
17 de abril de 2026 · Ponente: Pablo Llarena Conde · ECLI:ES:TS:2026:1726
DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES: Intervención telefónica. Necesidad de sospechas objetivas fundadas. Valoración ex ante de la existencia y fuerza de los indicios. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
STS 1355/2026
25 de marzo de 2026 · Ponente: Susana Polo Garcia · ECLI:ES:TS:2026:1355
Acumulación de condenas. Infracción de ley por indebida aplicación del art. 76 LECrim.
STS 1032/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1032
Delito de blanqueo de capitales procedente del narcotráfico en el seno de organización criminal. Vulneración de derechos fundamentales. Principio acusatorio. Heterointegración del hecho probado. Infracción de ley.
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