Artículo 156 ter del Código Penal

  Codigo Penal
Colaboración editorial Elaborado en colaboración con RINBER Abogados Penalistas — especialistas en derecho penal. Actualizado: 14/05/2026

La distribución o difusión pública a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos específicamente destinados a promover, fomentar o incitar a la autolesión de personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección será castigada con la pena de prisión de seis meses a tres años.

Las autoridades judiciales ordenarán la adopción de las medidas necesarias para la retirada de los contenidos a los que se refiere el párrafo anterior, para la interrupción de los servicios que ofrezcan predominantemente dichos contenidos o para el bloqueo de unos y otros cuando radiquen en el extranjero.

art 156 ter cp

El artículo 156 ter del Código Penal español hace referencia a las penas por la distribución o difusión pública de contenidos específicamente destinados a promover, fomentar o incitar a la autolesión de personas menores de edad o con discapacidad.

Tras la actualización publicada el 05/06/2021 que entra en vigor el 25/06/2021, se modifica el artículo 156 ter por la disposición final 6.14 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. Anteriormente, decía lo siguiente:

A los condenados por la comisión de uno o más delitos comprendidos en este Título, cuando la víctima fuere alguna de las personas a que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se les podrá imponer además una medida de libertad vigilada.

Artículo 156 ter – Modificado con efectos desde el 25/06/2021

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Sentencias relevantes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en relación con esta materia:

STS 1946/2026
29 de abril de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1946

Delito contra la salud pública (cultivo de plantas de cannabis), tenencia ilícita de armas, receptación y defraudación del fluido eléctrico. Grupo criminal. Notoria importancia. Consumación del delito. La prescripción del delito de robo no implica la absolución por el delito de receptación

STS 1605/2026
08 de abril de 2026 · Ponente: Leopoldo Puente Segura · ECLI:ES:TS:2026:1605

Delito contra la salud pública. Cultivo de marihuana. Notoria importancia. Delito de defraudación de fluido eléctrico. Infracción de ley. Concentración de THC.

STS 1369/2026
25 de marzo de 2026 · Ponente: Carmen Lamela Diaz · ECLI:ES:TS:2026:1369

Jurisdicción de los tribunales españoles. Inhibiciones tardías. Sonorización. Cadena de custodia. Valor de la declaración del coacusado. Informe realizado por un solo perito.

STS 1032/2026
05 de marzo de 2026 · Ponente: Angel Luis Hurtado Adrian · ECLI:ES:TS:2026:1032

Delito de blanqueo de capitales procedente del narcotráfico en el seno de organización criminal. Vulneración de derechos fundamentales. Principio acusatorio. Heterointegración del hecho probado. Infracción de ley.

STS 248/2026
28 de enero de 2026 · Ponente: Ana Maria Ferrer Garcia · ECLI:ES:TS:2026:248

Delito contra la salud pública. Absolución. No se consideran cannabis las semillas y las hojas de la planta no unidas a las sumidades. En consecuencia, no engrosan el catálogo de lo que se entienda como droga a los efectos del tipo del 368 CP.

Artículo 156 ter CP
Norma Código Penal Español
Lectura 4 min de lectura
País España
★★★★★
4,9/5 · 139 opiniones
+24 años de experiencia

¿Tiene un caso relacionado con este artículo?

El contenido de esta página ha sido elaborado con la colaboración de RINBER Abogados Penalistas, especialistas en derecho penal con presencia en TVE, Telecinco y Antena 3. Asistencia disponible las 24 horas.