Artículo 115 del Código Penal

  Codigo Penal

Los Jueces y Tribunales, al declarar la existencia de responsabilidad civil, establecerán razonadamente, en sus resoluciones las bases en que fundamenten la cuantía de los daños e indemnizaciones, pudiendo fijarla en la propia resolución o en el momento de su ejecución.

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El artículo 115 del Código Penal explica que la cuantía de los daños e indemnizaciones dependerá de los Jueces y Tribunales.

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El artículo 115 del Código Penal se encuentra en el Título V del Libro I. Más en concreto en el Capítulo I, sobre la responsabilidad civil y su extensión.