Asesinato

  Delitos, Derecho Penal

El asesinato es causar la muerte de una persona inocente, este puede ser premeditado y con mucho ensañamiento o con alevosía. Este es un delito conocido en la mayor parte del mundo como un delito de lesa humanidad.

En la actualidad los índices de asesinatos han aumentado considerablemente,  respecto a años anteriores. Incluso se han vuelto más violentos y han mejorado sus métodos, los asesinos pagan como mínimo una condena de diez años de prisión. 

 Si deseas conocer más y detalladamente acerca del asesinato puedes seguir leyendo todo este artículo hasta el final para aprender más del tema.

¿Qué es el asesinato?

El delito de asesinato ocurre cuando un individuo causa la muerte de otra de forma el cual está deliberado mediando uno o todos de los elementos, entre estos tenemos el ensañamiento, la alevosía, el precio, la recompensa o la promesa.

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Se trata de un delito el cual es doloso y no hay lugar para la comisión imprudente. Todas las legislaciones penales han tipificado el asesinato como un crimen de lesa humanidad. 

Cometer un asesinato ha sido castigado con una pena de prisión que va desde los 15 años a los 20 años aproximadamente como mínimo, el cual puede elevarse hasta los 25 años, en caso de que concurren entre dos o más circunstancias del delito.

Estos casos suelen ser si se cometió el asesinato con ensañamiento y si se cometió con alevosía, con frecuencia suelen ser de precio y de alevosía.

También pueden ser con la combinación de las tres al mismo tiempo. En algunos países del mundo se sanciona el asesinato con cadena perpetua o en algunos casos más graves con la pena de muerte.

El asesinato es un delito en contra de la vida humana, el cual consiste en matar a un individuo siempre que se cometa en diversas circunstancias específicas como alevosía, el ensañamiento, el precio, la recompensa o la promesa.

Se trata de un tipo de homicidio de una especial gravedad, pero son delitos totalmente diferentes a causa de  mayor intensidad criminal, el cual requiere el asesinato.

Diferencias y semejanzas entre los delitos de homicidio y asesinato

Una de las semejanzas entre los delitos de homicidio y asesinato, es el bien jurídico en el delito del asesinato es el mismo que en el delito de los homicidios, es la vida humana independiente. 

Además, también comparte otra semejanza con el homicidio es la acción típica, matar y los sujetos activos y pasivos, que pueden ser cualquier persona.

El asesinato, es un delito autónomo que cuenta con una mayor intensidad criminal y no un tipo agravado del homicidio.

El asesinato se realiza mediando alevosía, el ensañamiento, el precio, la recompensa o la promesa. El homicidio carece de dichos elementos, cuando intervienen estos elementos, ya se trata de un asesinato.

En el asesinato además existe una mayor intensidad de su propósito criminal que en los homicidios, habiendo siempre un sujeto que utiliza los medios perjudiciales de un modo especial lleno de malicia y de peligrosidad.

Además estos pueden ser premeditados, basados en los planes y en las estrategias para poder lograr consumar posteriormente el asesinato de todas sus víctimas.

La Alevosía

La alevosía es una circunstancia agravante de la responsabilidad penal.

 Esta se trata de una circunstancia o de un medio que usa el autor de un asesinato para asegurarse de que este no corre ningún tipo de riesgo sobre la defensa de la víctima.

A través de la alevosía se intenta asegurar la indefensión de la víctima ante un ataque. Esta es la forma más típica de poder actuar mediante una agresión que es sorpresa o de una traición.

La jurisprudencia comprende a la alevosía como un método que contiene un elemento subjetivo, el cual proporciona a la acción una mayor antijuridicidad, la cual está motivada por el aprovechamiento de la indefensión de la víctima.

El ensañamiento 

Según la jurisprudencia, el ensañamiento consiste en poder aumentar de forma deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima. Esta se considera una forma de tortura previa a la muerte de la víctima, la cual le provocó sufrimiento físico y mental.

El ensañamiento también es conocido como el aumento de forma deliberada de el sufrimiento inhumano a una víctima.

1. El tribunal acordará la suspensión de la ejecución de la pena de prisión permanente revisable cuando se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que el penado haya cumplido veinticinco años de su condena, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 78 bis para los casos regulados en el mismo.

b) Que se encuentre clasificado en tercer grado.

c) Que el tribunal, a la vista de la personalidad del penado, sus antecedentes, las circunstancias del delito cometido, la relevancia de los bienes jurídicos que podrían verse afectados por una reiteración en el delito, su conducta durante el cumplimiento de la pena, sus circunstancias familiares y sociales, y los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución y del cumplimiento de las medidas que fueren impuestas, pueda fundar, previa valoración de los informes de evolución remitidos por el centro penitenciario y por aquellos especialistas que el propio tribunal determine, la existencia de un pronóstico favorable de reinserción social.

En el caso de que el penado lo hubiera sido por varios delitos, el examen de los requisitos a que se refiere la letra c) se realizará valorando en su conjunto todos los delitos cometidos.

El tribunal resolverá sobre la suspensión de la pena de prisión permanente revisable tras un procedimiento oral contradictorio en el que intervendrán el Ministerio Fiscal y el penado, asistido por su abogado.

Artículo 92.1 del Código Penal